Un novedoso procedimiento para la eliminación de olores desagradables

Los olores desagradables que se desprenden de las depuradoras o estaciones de bombeo son tratados habitualmente con filtros de carbón activo o mediante torres de lavado con hipoclorito de sodio y sosa, dos sistemas que que tradicionalmente funcionan muy bien pero que suponen costos elevados de mantenimiento.

Este novedoso proceso biológico consiste en una columna empaquetada con un relleno sintético de espuma de poliuretano. El aire contaminado pasa a través del relleno en sentido ascendente. A su vez, una corriente de agua cae en forma de lluvia sobre el material de relleno, de forma que los compuestos responsables de los malos olores pasan del aire al agua estando de esta forma disponibles para los microorganismos.

Los microorganismos crecen sobre el relleno y emplean el sulfuro de hidrógeno (compuesto mayoritario responsable de los malos olores) como fuente de energía. El agua es recirculada de forma constante desde la base del equipo hasta la parte superior del biofiltro. De esta forma se logra limpiar la corriente de aire mediante un proceso biológico que únicamente consume pequeñas cantidad de hidróxido de sodio para controlar el pH del agua. A través de este proceso, el porcentaje de eliminación es bastante alto, y los investigadores que plantean el procedimiento sugieren un porcentaje de eliminación de 98% a 99%, además que no irroga costos significantes para su operación.


No obstante, la invención de la Universidad de Cádiz se centra en la mejora del procedimiento de inoculación que se usa en este y otros sistemas de biofiltración. La novedad reside en que trabajan con dos cepas puras preseleccionadas, de forma que hacen un cultivo mixto con los dos microorganismos y se logra que el arranque de todo el sistema, que generalmente es muy lento, sea prácticamente inmediato. De 24 o 48 horas se se tienen altos porcentajes de eliminación, segun lo manifiestan los miembros de la UCA.

Fuente: Universidad de Cádiz
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Nueva Directiva del SNIP 2011 ¿Qué hay de nuevo viejo? Parte II

El art 11º sobre las Fases de Preinversión, expresa la elaboración del Perfil, que además incluye el análisis a nivel de un estudio de Prefactibilidad, y la elaboración del estudio de Factibilidad. Dicen estos párrafos que en cada uno de los estudios de preinversión se busca mejorar la calidad de la información proveniente del estudio anterior a fin de reducir el riesgo en la decisión de inversión.



La supresión expresa de la etapa de prefactibilidad para pasar de una etapa Perfil a otra Factibilidad si se requiere, y no reparar ya en la tediosa etapa de Prefactibilidad, es saludable siempre y cuando no “se le saque la vuelta”. Para ser sinceros evitar la costosa etapa de la prefactibilidad cargándose esos detalles en la elaboración de perfil optimizará los recursos presupuestales destinados a la fase de preinversión de un proyecto. La fase de preinversión (o de elaboración de Perfil o Factibilidad) es un proceso de persecución de recursos para su formulación. Muchos proyectos caminaban despacio ya que para la formulación de estudios de prefactibilidad y luego de factibilidad se requería presupuestos considerables. Ahora, la anterior Directiva permitía evitar la formulación del estudio de prefactibilidad siempre y cuando el Perfil contenía información muy detallada (un buen perfil) recomendadose pasar directamente a la etapa de factibilidad. Todo depende de un buen PERFIL DE PROYECTO.



En el art 14º sobre procedimientos para la formulación, presentación y evaluación de Proyectos de Inversión Pública Menores, se ha suprimido la utilización del Formato SNIP-04 (sobre PIP menores) para PIP enmarcados en Programas de Inversión o Conglomerados.



Entendemos esta supresión que la formulación de subproyectos dentro de Programas o Conglomerados podrán usar los formatos de un PIP menor (PIP simplificado) y no los formatos de un PIP normal.

Ayudará la velocidad de implementación de los proyectos menores esta iniciativa. El lado negativo es que el formato de PIP simplificado no considera en gran medida aspectos técnicos explícitos ni mucho menos aspectos ambientales. Esto en gran medida depende mucho de los formuladores de proyectos.

El art 22º muestra ahora los montos de inversión para la formulación de PIPs



- PERFIL SIMPLIFICADO (no ha cambiado): Para los PIP cuyos montos de inversión, a precios de mercado, sean iguales o menores a S/. 1’200,000.00 (Un Millón Doscientos y 00/100 Nuevos Soles).



- PERFIL: Para los PIP cuyos montos de inversión, a precios de mercado, iguales o menores a S/. 10’000,000.00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles). Salvo que se traten de PIP Menores e independientemente del monto de inversión, los PIP de electrificación rural y los PIP de rehabilitación de carreteras podrán ser declarados viables solamente con este nivel de estudio, siempre que cumplan con los contenidos mínimos a que se refiere el Anexo SNIP 19 – Contenidos Mínimos específicos para estudios de Perfil de PIP de Electrificación Rural y el Anexo SNIP 20 – Contenidos Mínimos específicos para estudios de Perfil de PIP de Rehabilitación de Carreteras, respectivamente.



- FACTIBILIDAD: Para los PIP cuyos montos de inversión, a precios de mercado, sean mayores a S/. 10’000,000.00 (Diez Millones y 00/100 Nuevos Soles).



Esto sin duda agilizará la ejecución de proyectos en la medida de no descuidar la calidad de los Perfiles de Proyecto.



El art 26º pone en “operatividad formal” el Sistema Operativo de Seguimiento y Monitoreo (SOSEM) definido como el conjunto de procesos, herramientas e indicadores que permiten verificar los avances de la ejecución de los proyectos con el fin de supervisar que la fase de inversión sea coherente y consistente con las condiciones y parámetros de la declaratoria de viabilidad. La directiva anterior no lo mencionaba a pesar de que el SOSEM estaba regulado mediante norma.

Este artículo también reduce las consideraciones sobre las modificaciones de PIPs en ejecución simplificando todo a que un PIP puede modificarse si:



- el monto de inversión total con el que fue declarado viable el PIP es menor o igual a S/.3 millones de Nuevos Soles, la modificación no deberá incrementarlo en más de 40% respecto de lo declarado viable.

- el monto de inversión total con el que fue declarado viable el PIP es mayor a S/.3 millones de Nuevos Soles y menor o igual a S/.6 millones de Nuevos Soles, la modificación no deberá incrementarlo en más de 30% respecto de lo declarado viable.

- el monto de inversión total con el que fue declarado viable el PIP es mayor a S/.6 millones de Nuevos Soles, la modificación no deberá incrementarlo en más de 20% respecto de lo declarado viable.



Los puntos están más claros sobre modificaciones de los PIPs en ejecución sobre todo para aquellos que creen que un PIP en ejecución puede modificarse por un simple antojo o por intereses particulares. Mucho cuidado con eso.

Sigan revisando la nueva directiva y procuremos seguir haciendo un PERFIL de proyecto de CALIDAD

Directiva N° 001-2011-EF/68.01

R.D. N° 003-2011-EF/68.01

Por: Dante Garcia Jimenez
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Nueva Directiva del SNIP 2011 ¿Qué hay de nuevo viejo? Parte I

En Abril de 2011 se aprobó la nueva Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública (Directiva N° 001-2011-EF/68.01) mediante la Resolución Directoral N° 003-2011-EF/6 8.01. Esta directiva además de incidir en el cambio de su redacción (ahora es mas explicito) tiene como principal cambio el de “suprimir” (por así decirlo) la etapa de prefactibilidad aunque según la directiva esta etapa está incluida en la etapa de formulación del perfil.

Presentamos un análisis rápido

El art 8º expresa que las Oficinas de Programación de Inversiones OPI ahora aprobarán expresamente los Términos de Referencia TDR cuando la Unidad Formuladora UF contrate la elaboración de los estudios de preinversión. Los TDR deberán ser elaborados por las UF siendo responsables estas por el contenido de dichos estudios. También deberán elaborar el plan de trabajo cuando la elaboración de los estudios de preinversión sea realizada por la propia UF; que también deberá ser aprobada por las OPI según el art 9º.

A pesar de ser saludable esta inclusión de elaboración y aprobación de TDRs en realidad mucho dependió de la capacidad técnica de las UF para elaborar un TDR que cumpla su función cabal.
Los TDR son documentos vitales que permite una buena calidad de los Proyectos. Muchas veces se confunde la elaboración de este importante documento TDR con un documento más que termina siendo un copy & paste (copia y pega) de documentos similares elaborados por funcionarios o técnicos “agiles” que acaban desmereciendo un TDR e iniciando desde ese momento la tendencia a obtener un producto de mala calidad.
Esperemos asimismo que este nuevo flujo de ida y vuelta de TDRs de UF a OPI y viceversa, para la elaboración y aprobación, no terminen extendiendo el inicio de la formulación de los PIPs para no decir que el remedio fue peor que la enfermedad.
La idea fuerza en este punto es HACER BIEN UN TDR.

El numeral 9.2 del art 9º incrementa como responsabilidad de las UF la verificación del saneamiento físico legal correspondiente o los arreglos institucionales respectivos para la implementación del PIP, para asegurar la sostenibilidad del PIP antes de ingresarlo al Banco de Proyectos. Para el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, la UF deberá verificar la localización geográfica del PIP y su correspondencia a su circunscripción territorial, salvo que se trate de un PIP de alcance intermunicipal o de influencia interregional.

Creemos que esta inclusión es innecesaria porque ello debiera estar esclarecido en los TDR antes de la formulación de un PIP. Sinceramente, a estas alturas, a más de 8 años de vigencia del SNIP, no creemos que los formuladores (internos o externos) no hayan reparado en estos importantes puntos en la formulación de un PIP.

En el art 10º de funciones y responsabilidades de la Unidad Ejecutora UE se ha esclarecido la primera etapa de la fase de la inversión especificando la elaboración de estudios definitivos, expedientes técnicos u otros documentos equivalentes.

Antes de este esclarecimiento, este articulo solo reparaba en “expedientes técnicos” que generalmente se usa para proyectos de infraestructura confundiendo el documento con proyectos sociales por ejemplo. Es más, ahora sabemos que dependiendo del tipo de PIP, este puede requerir la elaboración de un expediente técnico mas estudio de impacto ambiental haciendo en su conjunto estudios definitivos. O, en algunos casos, necesitando un Plan Operativo (como estudio definitivo) que no necesariamente es un expediente técnico y que puede incluir consideraciones ambientales.
No olvidemos que desde la entrada en vigencia del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental SINEIA los PIPs del SNIP están dentro de este sistema y deberán cumplir las normas alrededor del SINEIA.



Seguiremos hablando de esta nueva Directiva, mientras tanto, echenle una mirada:

Directiva N° 001-2011-EF/68.01

Resolucion Directoral N° 003-2011-EF/68.01



Por: Dante García Jímenez

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Los bosques I: Balance de los recursos forestales en el mundo


La maravillosa interconexión que tenemos los seres con los bosques es impresionante dado el grado de co-dependencia para la prolongación de la vida.

A propósito de la designación del año 2011 como el Año internacional de los Bosques, la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, publicó en Roma a inicios del presente año el informe bienal de la situación de los bosques en el mundo.

En la citada publicación se resalta el valor de los bosques para la creación de una vida sostenible y la reducción de la pobreza. Los capítulos incluidos en ella destacan cuatro aspectos fundamentales: las tendencias regionales de los recursos forestales; el desarrollo sostenible del sector forestal; la adaptación al cambio climático y la mitigación de sus efectos; y, finalmente, el valor local de los bosques.

Por ahora analizaremos el primer aspecto referido a las tendencias regionales de los recursos forestales. En la Evaluación de los recursos forestales mundiales 2010, se analizó la situación actual y las tendencias en más de 90 variables relativas a la extensión, la condición, los usos y los valores de todo tipo de bosques en más de dos centenares de países y áreas respecto de quinquenios de referencia. De acuerdo a esta evaluación se señaló que el área total de bosque existente en el mundo ascendía a algo más de 4 000 millones de hectáreas, que correspondían al 31 por ciento de la superficie total de tierra equivalente a un promedio de 0,6 hectáreas per cápita. Los cinco países con mayor riqueza forestal, son Rusia, Brasil, Canadá, los Estados Unidos de América y China, que representan más de la mitad del total del área de bosque.

De esta evaluación se desprende que la tasa de deforestación por causas naturales, aunque seguía siendo alarmante, se estaba reduciendo. A nivel mundial, disminuyó de unos 16 millones de hectáreas al año en la década de 1990 hasta aproximadamente 13 millones de hectáreas al año en el último decenio. Al mismo tiempo, la forestación y la expansión natural de los bosques en algunos países y áreas redujeron notablemente las pérdidas netas de área de bosque a nivel mundial. El cambio neto de área de bosque entre última la década se estimó en −5,2 millones de hectáreas por año, inferior al nivel de −8,3 millones de hectáreas por año registradas en la década anterior (1990- 2000). Sin embargo, la mayoría de las pérdidas de bosque siguieron dándose en países y áreas de las regiones tropicales, mientras que gran parte de la ganancia se concentró en las áreas templadas y boreales, así como en algunas economías emergentes.

Se realizaron avances significativos en la elaboración de políticas, y programas forestales a escalas nacionales. Unos 76 países publicaron o actualizaron sus declaraciones en materia de políticas forestales desde el año 2000 y 69 países, principalmente de Europa y de África, informaron que se habían vigorizado sus legislaciones forestales. Casi un 75 por ciento de los bosques del mundo estaban cubiertos por programas forestales nacionales, esto es, procesos participativos para la elaboración y aplicación de políticas y compromisos internacionales relacionados con los bosques a nivel nacional.

Según esta Evaluación, la región del África tiene un área de bosque cercana a 675 millones de hectáreas (17 % del área de bosque mundial). También se produjo una disminución en la tasa de pérdida neta de bosque en la región, que pasó de 4,0 millones de hectáreas por año entre 1990 y 2000 a 3,4 millones de hectáreas por año durante el último decenio.

En tanto en la región de Asia y el Pacífico el área de bosque asciende a 740 millones de hectáreas (18% del área de bosque del mundo). Asimismo, en estas zonas se perdieron bosques a razón de 0,7 millones de hectáreas por año en la década de 1990, pero se produjo un aumento de 1,4 millones de hectáreas por año durante el último decenio.

De otro lado, en la región de Europa se registró un total de área de bosque superior a 1 000 millones de hectáreas (25% del área de bosque mundial). Siendo, la reserva total estimada de carbono en la biomasa forestal en 45 gigatoneladas, casi el 16 por ciento del total mundial.


Por su parte, América Latina y el Caribe registra recursos forestales estimados en 891 millones de hectáreas (22% del área de bosque existente en el mundo). El área boscosa en estas zonas siguió reduciéndose, y la principal causa de deforestación fue la conversión de tierras forestales a la agricultura y la urbanización. Se estima que el carbono total almacenado en la biomasa forestal suma 104 gigatoneladas. América Central y América del Sur registraron una pérdida neta durante el último decenio, mientras que en el Caribe se observó una ganancia global de carbono en la biomasa forestal.

El Cercano Oriente registra apenas el 3 % del área de bosque mundial. Se estima que sus bosques almacenan 3,5 gigatoneladas de carbono en la biomasa y que esta cantidad ha aumentado durante la última década.


En la región de América del Norte los bosques constituyen alrededor del 17 % del área de bosque del mundo, calculándose que esta área es ligeramente mayor que en la década pasada. Si bien Canadá no notificó ningún cambio en el área de bosque, México señaló que la tasa de pérdidas disminuyó en las últimas dos décadas. Mientras que el carbono en la biomasa forestal en Canadá, México y los Estados Unidos de América se informó con una tendencia positiva global para la región.

Para descargar la publicación completa de la Situación de los Bosques en el mundo clikea en el enlace: http://www.fao.org/docrep/013/i2000s/i2000s.pdf


Por: Elizabeth Oré N.
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Innovación para el tratamiento de aguas residuales


Las cáscaras de banana ya no sirven únicamente para hacer composta o para programas de comediantes: una nueva investigación muestra que pueden extraer metales pesados contaminantes del agua de los ríos. Metales como plomo y cobre entran a las vías fluviales a través de una variedad de fuentes, incluyendo el deslave agrícola y desperdicios industriales. Una vez ahí, los metales pesados pueden contaminar el suelo y representar serios riesgos de salud para los humanos y otras especies. Se sabe que el plomo afecta el cerebro y el sistema nervioso.


Tradicionalmente, los ingenieros especializados en la calidad del agua han utilizado sílice, celulosa y óxido de aluminio para extraer del agua los metales pesados, pero estas estrategias son muy caras y conllevan efectos secundarios propios potencialmente tóxicos. Funcionan como extractores debido a la presencia de ácidos como los encontrados en los grupos carboxílicos y fenólicos, que atraen iones de metal. Las bananas, por otra parte, parecen ser una solución segura.


Las cáscaras de banana también tienen mejor desempeño que su competencia, dice Gustavo Castro, investigador del Instituto de Biociencias de Botucatu, Brasil, y coautor de un nuevo estudio sobre este uso. Para el estudio, Castro y su equipo secaron y molieron cáscaras de bananas y las combinaron con matraces de agua con concentraciones metálicas conocidas. También elaboraron filtros de agua con las cáscaras e hicieron correr agua a través de éstos.


En ambos escenarios, “el metal fue extraído del agua y se quedó mezclado en las cáscaras”, señala Castro, precisando que la capacidad de extracción de las cáscaras de banana excedió la de otros materiales usados para quitar metales pesados. Trabajos previos han mostrado que otras plantas – incluyendo desperdicios de manzanas y caña de azúcar, fibras de coco y cáscaras de maní – puede quitar al agua toxinas potenciales.


No lo haga en casa


Castro no aconseja el uso de cáscaras de banana para purificación el agua de las casas. Para empezar, la concentración de metales pesados en el agua corriente normalmente es insignificante. También, aunque poner cáscaras de banana en contacto con el agua probablemente extraerá algunos metales, es improbable que la persona promedio cuantifique el éxito. Según Castro, los descubrimientos de su estudio muy probablemente serán usados en ambientes industriales. El nuevo estudio aparece publicado en Industrial & Engineering Chemistry Research, una revista de la Sociedad Estadounidense de Química.


Fuente

De National Geographic News

Distribuido por The New York Times Syndicate






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Cancion a la tierra, en el Día Mundial del Ambiente, 05 de junio


Desde hace varios años se viene utilizando a nivel mundial muchos medios de expresion para formentar conciencia ambiental. Uno de estos medios, muy efectivo, es la musica con contenido de temas que promueven el respeto por el medioambiente.
A proposito del Día Mundial del Ambiente, 05 de junio, queremos compartir con ustedes temas musicales que transmiten reflexiones por el medioambiente.

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La gestion del agua frente al cambio climatico

Como ejemplo para hacer frente al cambio climatico y a pocos dias del dia del agua 22 de marzo, compartimos un video representativo de la consciencia poblacional gracias a CEPES Peru, como ejemplo de accion y campaña tangible.



FUENTE: CEPES PERU
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Una amenaza latente: La radiación nuclear

El accidente nuclear suscitado en Chernóbil (Ucrania) hace más de dos décadas es sin duda uno de los mayores desastres ambientales de la historia.

No obstante, los episodios vividos recientemente en Japón han puesto en alarma la posibilidad de un nuevo desastre nuclear relacionado a la Central Nuclear de Fukushima, principalmente por las implicancias que tendría sobre la salud pública y ambiental producto de la liberación de radioactividad en el medio ambiente.

La central nuclear de Fukushima tiene seis reactores, de los cuales, cuatro principales de ellos resultaron fuertemente dañados por los desastres ocurridos la semana pasada afectando principalmente sus sistemas de refrigeración, lo que derivó en el recalentamiento de las barras del combustible nuclear, provocando las filtraciones de radiación.

El mayor riesgo de contaminación que se presenta ahora es debido al calentamiento de las instalaciones y la posible fusión extendida del núcleo de los reactores, lo que generaría emisiones catastróficas de radiación al ambiente. En el núcleo de un reactor existe más de medio centenar de contaminantes, de los cuales entre los más peligrosos, algunos tienen una vida corta como el Yodo-131 y otros una vida más larga como el Estroncio-90 y Cesio-137.

Los impactos en la salud pública y ambiental más relevantes producidos por el exceso de radiación son el cáncer, la leucemia, quemaduras extremas, mutaciones genéticas, esterilidad temporal o permanente, necrosis de la piel y de tejidos internos, destrucción de medula ósea, disminución de sistema inmunológico, entre otras lesiones diversas. Mientras que el peligro potencial ambiental más delicado sería la alta concentración biológica de las sustancias radiactivas a lo largo de las cadenas tróficas. De este modo se produciría una contaminación radiactiva indirecta de largo periodo a través de los sedimentos en los medios acuáticos, atmosféricos y terrestres que generaría una reacción en cadena sobre los ecosistemas que pondría en peligro a la diversidad biológica humana, animal y vegetal.

La amenaza latente generada por los embates de la naturaleza en Japón y sus afectaciones sobre la Central Nuclear de Fukushima han puesto en la mirada mundial la evidencia de uno de los impactos potenciales mayores derivados del empleo de una planta de energía nuclear. Según información reportada en la red de la Asociación Nuclear Mundial WNA existen alrededor de 440 plantas nucleares en 30 países del mundo las que originan el 14% de la electricidad mundial.
Sería lógico pensar que estas plantas se extendieron en muchos países que buscaron además de la disminución de sus costos energéticos, -paradójicamente-como una medida de protección ambiental, la reducción de las emisiones de los GEI (gases de efecto invernadero). Sin lugar a duda, las diversas energías alternativas como la energía solar, eólica, geotérmica, hidroeléctrica, entre otras, también generan impactos negativos en el medio. No obstante, lo importante a la hora de decidir cuál tecnología energética adoptar, está en ponderar la capacidad de manejar estos impactos con medidas preventivas, de seguridad y mitigación analizadas bajo todos los posibles escenarios, de manera que “el remedio no sea más caro que la enfermedad”.
A todo esto, queda ahora tres tareas: en primer lugar controlar y aislar la zona afectada evacuando a los pobladores más próximos, en segundo lugar y producto de las lecciones aprendidas vigorizar las políticas energéticas y de seguridad globales y finalmente a todos como ciudadanos adoptar prácticas de uso y consumo saludables como el ahorro energético.
Por: Elizabeth Oré N.
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Normatividad Ambiental V: Residuos solidos

Cuando reflexionamos sobre la disposicion de nuestra mal llamada basura (no olvidemos que ahora con el reciclaje fisico y organico estos son residuos que se pueden aprovechar), lo primero que se nos viene a la mente es hechar chispas por el mal trabajo que probablemente este haciendo la municipalidad que se encarga de la limpieza publica.

Segun el artículo 40° de la Ley General de Residuos Sólidos, Ley Nº 27314, son nuestros derechos:

1. Acceder a servicios de residuos sólidos estructurados conforme a lo previsto en esta Ley y sus normas reglamentarias.

2. Acceder a la información pública sobre residuos sólidos.

3. La protección de su salud y entorno ambiental frente a los riesgos o daños que se puedan producir durante todas las operaciones de manejo de residuos sólidos, incluyendo los del ámbito de la gestión no municipal.

4. Participar en el proceso de aprobación de los planes, programas y proyectos de manejo de residuos sólidos del ámbito provincial.

Pero tambien tenemos obligaciones. De acuerdo al artículo 41° debemos:

1. Pagar oportunamente por los servicios de residuos sólidos recibidos y por las multas y demás cargas impuestas por la comisión de infracciones a la presente Ley.

2. Cumplir con las disposiciones específicas, normas y recomendaciones técnicas difundidas por la Empresa Prestadora de Servicios de Residuos Sólidos correspondiente o las autoridades competentes.

3. Almacenar los residuos sólidos con sujeción a las normas sanitarias y ambientales, para evitar daños a terceros y facilitar su recolección.

4. Poner en conocimiento de las autoridades competentes las infracciones que se estimen se hubieran cometido contra la normatividad de residuos sólidos.

Si las municipalidades son responsables por la gestión de los residuos sólidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a éstos, nosotros somos responsables de disponer adecuadamente desde su generación y mejor si la minimizamos. No olvidemos que la casa mas limpia no es la que mas se limpia si no la que menos se ensucia.
NormaNombreFecha
Decreto Legislativo N° 1065Modifica Ley de Residuos sólidos (bajar)27 de junio de 2008
Ley Nº 27314Ley General de Residuos Sólidos (bajar)20 de julio de 2000
Ley N° 29419Ley que Regula la Actividad de los Recicladores (bajar)18 de setiembre de 2009
Ley Nº 28256Ley que regula el transporte terrestre de materiales y
residuos peligrosos (bajar)
19 de junio de 2004
Decreto Supremo N° 057-2004-PCMReglamento de la Ley General de Residuos Sólidos (bajar)22 de julio de 2004
Decreto Supremo Nº 021-2008-MTCAprueban el Reglamento Nacional
de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos (bajar)
10 de junio de 2008


Por: Dante Garcia J.
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